ANTIGUO CEMENTERIO Y HOSPITAL EN LA ERMITA DE NTRA. SRA. DE LA ENCARNACIÓN.

 

   Dicho inmueble, el de la encarnación, procede de la beneficencia.

 

   Se ha de remontar hasta 1813 para comenzar una exposición continuada de la propiedad municipal de este cementerio antiguo con ermita y, en un tiempo, hospital.

 

   El gobierno superior político de Córdoba envió una circular al ayuntamiento Constitucional de Peñaflor con fecha de 13 de noviembre de 1813 por la cual se comunicaba que las Cortes habían resuelto: “… Las Leyes de nuestros códigos que prohíben los enterramientos dentro del poblado baxo ningún pretexto…” “… En el concepto de que las Cortes han señalado el preciso termino de un mes para que puedan tomarse las disposiciones necesarias a preparar los cementerios provisionales fuera del poblado y en parajes ventilados, mientras se construyen los permanentes, con arreglo a las leyes establecidas”.

 

   Como es de común conocimiento y puede comprobarse por restos existentes, la Ermita de Ntra. Sra. de la Encarnación y su recinto empedrado fue el antiguo cementerio público de esta población, por lo menos desde 1813, fecha en que se prohibieron los enterramientos en iglesias y capillas particulares.

 

   Entonces esta ermita y las paredes construidas en sus patios ventilaban por todos sus lados con campo abierto. La antigüedad de a Ermita puede dejar dudas sobre su construcción: Si fue el pueblo o fue el Hospital de San Sebastián de Palma del Río (Habría que remontarse a otros siglos, no obstante tal duda no infiere sobre la titularidad una vez que los bienes eclesiásticos o fueron desamortizados o devueltos o pasaron a Beneficencia Pública).

 

   En el acta de pleno de 22 de febrero de 1849 se acordó:

 

“También se leyeron…………. Que se forme y remita u estado arreglado a modelo sobre los cementerios acordaron sus mercedes que el Sr. Alcalde les de cumplimiento a todos,……. La necesidad de ensanchar el que existe en vez de trasladarlo a otro sitio porque a ello se oponen grandes consideraciones”. (El nuevo cementerio no comienza a construirse hasta 1878 en el paraje de “La Serrezuela”).

 

   En la sesión de plenos celebrada el 19 de diciembre de 1849 se refiere: “Se leyó en el boletín 3441 una Real Orden relativa a que todos los edificios conventos que no estén destinados por los diocesanos para el culto Divino o por los Ayuntamientos para objeto de utilidad común se enajenen a censo en pública subasta bajo el canon de un tres por ciento de su valor a que ascienden en el remate, afianzando el mismo y acordaron sus Mercedes se guarde y cumpla”. (No fueron desamortizados ni rematados a censo la Ermita de la Encarnación, la Capilla de San Críspulo y San Restituto y el Convento de San Luis del Monte por razón de considerarse de utilidad común). Pues eran cementerio, capilla e instrucción pública respectivamente.

 

   En la sesión de pleno celebrada el día 18 de diciembre de 1860 se acuerda: “Y……….. Acordaron sus Mercedes que en este pueblo si se reconoce la condición del Asilo de los mendigos transeúntes, o de levantar algún edificio análogo, puede aplicarse el fondo que se haya depositado de…… procedentes de la venta del olivar de la Caridad”. (Este olivar fue vendido por 19570 reales a la Compañía de Ferrocarriles para realizar su estación y vía en el año 1857, plenos del 22 de noviembre y 17 de diciembre).

 

   En el año 1860 se formó: “Un expediente para la expropiación del terreno para el ensanche del cementerio de Ntra. Sra. de la Encarnación por el lado del medio día”…… “Debían de tomarse 10 áreas …… que fueron solicitadas al gobierno de S. M. por no ser dable a la junta de beneficencia ni a la administración provincial de Propiedades y Derechos del Estado…..” (El terreno colindante por el sur pertenecía al Estado proveniente del Hospital de San Sebastián de Palma del Río).

 

   En el mismo año de 1860 se formalizó otro expediente titulado “Autorización al alcalde por el Ayuntamiento de dicho pueblo para contratar con la compañía del Ferrocarril de Córdoba a Sevilla, la concesión de un desmonte de piedras. Se relatan las siguientes cláusulas:

 

“Segunda. La compañía dará por esta concesión y por una sola vez cinco mil reales para ayudar a las obras del cementerio”, fue aprobado por el gobierno civil con la siguiente comunicación: “queda autorizado ese ayuntamiento para llevar a efecto el contrato que sometió a la aprobación de este gobierno con la empresa del Ferrocarril de Córdoba de las canteras situadas e la margen del río Guadalquivir,……… con devolución del expediente y plano, y con el fin de que forme el correspondiente para el ensanche del cementerio, cuyas diligencias preliminares las remitirá oportunamente para su examen y aprobación”.

 

   Ya en el año 1850 existe otro expediente instruido para la obra del cementerio que consistía: “En una nueva cerca de tapia y moinete, o lomo de media vara con vuelo de ladrillo, quedando toda blanqueada y reparada….”.

 

   Por acuerdo adoptado en sesión del 3 de septiembre de 1853 se reconoce que: “Habiéndose manifestado por la mayor parte de los vecinos de esta población deseos de ver reparada la ruinosa Capilla de Nuestra Señora de la Encarnación sita en la Calle de San Pedro y careciendo de recursos para la obra, y considerando que implorando la piedad de sus habitantes tan escasos de recursos por la escasez de las últimas cosechas, no podría reunirse la cantidad suficiente: debía celebrarse 4 corridas de novillos…”

 

   En la sesión de doce de julio de 1861 se refiere:

 

“También se leyeron las adjudicaciones de las tierras subastadas en venta, en virtud de las leyes de desamortización civil procedentes del Hospital de Palma situadas en este término…” (Una de estas tierras lindaba por el sur con el cementerio municipal. Desconocemos si fue enajenada).

 

   En la sesión del tres de octubre de1873 se expone:

 

“… con no tener donde dar sepultura a sus muertos…”

 

   En la sesión del 21 de noviembre de 1878:

 

“Por el Sr. Presidente se manifestó que no es desconocida por la Corporación la imprescindible necesidad que se tiene de la construcción de un nuevo cementerio, pues siendo el que existe llamado de la Encarnación, de reducido espacio, para atender a las defunciones que concurren está además situado dentro del pueblo…”

 

   En definitiva, el Cementerio y Ermita de Ntra. Sra. de la Encarnación estuvo entre los bienes de dominio público desde tiempo inmemorial hasta que se construyó el Cementerio de San Antonio en el año 1881.

 

   Después de ser cerrado no se afectó, evidentemente ningún proceso desamortizador, razón por el cual nos volvemos a encontrar el inmueble en los inventarios municipales como Hospital y Ermita, posiblemente coordinado por la Junta de Beneficencia local.

 

   En el inventario de 1911 obtenemos:

 

“Relación de bienes poseídos por el Ayuntamiento de Peñaflor, que su Alcalde-Presidente presenta al señor liquidador del impuesto sobre Derechos Reales del distrito de Lora del Río a los fines del impuesto especial creado por el artículo 4 de la ley de 1910.

 

   Bienes exentos:

 

   Hospital de la Encarnación sito en la calle San Pedro nº 47, linda por la derecha con la casa nº 49, por la izquierda con la casa nº 45, por la espalda con el olivar de la Viña. Se compone de estancia con patio. Superficie aproximada 800 metros cuadrados (techados y rectificados por 45 metros cuadrados), carece de gravemen y vale 4000 pesetas (Tachadas y rectificadas en 500)…”

 

   Anteriormente en el Acta de Pleno del 28 de marzo de 1904 se acuerda:

 

“También se hizo constar con toda claridad y exactitud para elevarlo en su día al presupuesto que se forme el inventario de todos los valore y bienes de todas clases que sea este Ayuntamiento… Fincas urbanas… cementerio despoblado.

 

   El siguiente documento que hace referencia al Cementerio Hospital y Ermita de la Encarnación, es un proyecto de Grupo Escolar, fechado en abril de 1936 y firmado por los arquitectos Azorín y Murga “ En Córdoba para Peñaflor”. No se realiza por las circunstancias de la guerra civil. El plano del emplazamiento a escala 1:400, ofrece una visión de fachada de colegio proyectado hacia la calle encarnación y calle Pablo Iglesias (Hoy calle San Pedro) edificio de forma rectangular y orientado perpendicularmente al edificio “Antigua Ermita” que se conservaría en el “campo escolar”. La superficie del solar, incluyendo la antigua ermita se describe en 51 metros de longitud por frente y de 48 metros de longitud por cada una de los testeros laterales. Total: 2: 448 metros cuadrados.

 

   En la memoria descriptiva se relata textualmente:

 

“En el solar de propiedad del Ayuntamiento cuya situación y dimensiones se ve en la planta del emplazamiento, cuyos planos se acompañan, se piensa construir un grupo escolar con tres secciones de niños, dos de niñas y una de párvulos y dos bibliotecas. El edificio constará de dos plantas, teniendo una superficie cubierta de 447,89 metros cuadrados. El resto del solar destinado a campo escolar…”

 

   Ya en la Comisión Municipal permanente de 10 de septiembre de 1955, se acordó: “Dada cuenta de la instancia suscrita por el vecino Juan López Sánchez, solicitando que le sea facilitado un solar donde poder construir a sus expensas una vivienda, se acordó por unanimidad ceder al mismo a título gratuito, 30,5 metros cuadrados de superficie, en el sitio denominado Ermita de la encarnación”.

 

   Suponemos que estas cesiones en torno a la Ermita de la Encarnación muestran la existencia de una finca municipal, hoy viviendas particulares.

 

   Por otro lado, en el Catastro de Urbana de 1994, el inmueble con el nº 2.960.621 de referencia como suelo, aparece a nombre del Palacio Arzobispal. En el último inventario no aparece la Ermita. Creemos que existe un error motivado por la desmemoria del tiempo pasado, aunque el inmueble en su naturaleza y dominio procede de la Beneficencia Pública Municipal, sin que haya intervenido nunca la Hacienda Pública por razón de algún débito, al estar exenta desde 1911.

 

   Después de haberse realizado este informe se encontró en el legajo nº 215 del Archivo Municipal los originales de los Inventarios Municipales de 1887 y de 1890.

 

   En el primero, “Inventario general de todas las propiedades, derechos, acciones, censos, inscripciones título de la deuda y bienes muebles que en el día de la fecha constituyen el patrimonio del indicado municipio con expresión de sus valores y productos, cuyo inventario se forma con arreglo a lo dispuesto, en la parte 7ª de la circular de la Dirección General de la Administración Local de 29 de diciembre último. (Fechado el 28 de marzo de 1887; se relata:

 

“1ª sección: Bienes inmuebles. Número de las propiedades que se relacionan en este inventario: nº 4 – Hospital de la Encarnación, 170metros cuadrados. Valor de 1500 pesetas.”

 

   En el segundo, fechado en 14 de enero de 1890, y titulado “Inventario de todos los bienes…”, se describe:

 

   Primera parte: Bienes inmuebles… nº 4: Hospital de la Encarnación situado en la calle San Pedro, linda por naciente el patio de la Ermita del mismo nombre. Por medio día con el Cementerio antiguo de igual nombre, por poniente con terrenos de D. José Ochoa y por el norte con la Calle San Pedro. Hallándose en buen estado, tiene una cabida de 170 metros cuadrados.

 

   Su valor capital es de 1250 pesetas… nº 5 – Cementerio Antiguo de la encarnación: Linda por naciente y norte con la Ermita del mismo nombre situada en la calle San Pedro y por poniente y medio día con terrenos de D. José Ochoa. No está en uso y es regular su estado. Su cabida es de 864 metros cuadrados y su valor es de 1500 pesetas.”

 

Taller de Empleo Ermita Nuestra Señora de la Encarnación.

 

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